
Se puede llamar a un trabajador durante su baja laboral
Cuando un empleado se encuentra de baja laboral, su derecho a descansar y recuperarse debe ser respetado por la empresa, sin presiones externas que puedan interferir en su proceso de recuperación. Sin embargo, surge una pregunta importante: ¿es posible que la empresa contacte al trabajador durante este tiempo? La respuesta no es tan sencilla y depende de varios factores, como lo explica la legislación española.
El derecho a la desconexión digital
Uno de los derechos fundamentales durante la baja laboral es la desconexión digital, un principio que permite a los trabajadores desconectarse completamente de las comunicaciones laborales. Esto significa que la empresa no puede requerir la disponibilidad del trabajador ni enviarle mensajes o llamadas profesionales mientras esté de baja.
Este derecho está protegido por la ley, pero hay excepciones que es importante tener en cuenta. Un reciente fallo judicial del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) aclaró que, aunque en general la desconexión digital es obligatoria, existe una excepción: la empresa sí puede ponerse en contacto con el empleado para preguntar exclusivamente por su estado de salud.
El caso de Bosch Service Solutions
Este pronunciamiento judicial surge tras una disputa entre el sindicato Comisiones Obreras y la empresa Bosch Service Solutions. El sindicato había denunciado que los coordinadores de la empresa llamaban a los empleados en baja médica, lo que, según ellos, representaba una forma de presión indebida y una vulneración del derecho a la desconexión digital.
Las comunicaciones no solo se limitaban a llamadas telefónicas, sino que también se extendían a correos electrónicos y mensajes de WhatsApp. Según el sindicato, esta situación afectaba tanto a la intimidad de los empleados como a su proceso de recuperación.
Sin embargo, el TSXG falló a favor de la empresa, aclarando que recibir una llamada para interesarse por el estado de salud del trabajador no implicaba que este estuviera obligado a responder correos, mensajes de WhatsApp o atender llamadas laborales. En este contexto, el tribunal destacó que estas llamadas no vulneraban la intimidad de los trabajadores, ya que no tenían como fin presionar a los empleados para que regresaran al trabajo ni investigar las razones de su ausencia.
Lo que las empresas deben tener en cuenta
Aunque en este caso concreto la empresa fue absuelta, la sentencia deja en claro que las compañías deben actuar con prudencia y respeto al contactar a un empleado de baja. La comunicación debe ser limitada, esporádica y siempre orientada a mostrar interés por la salud del trabajador, nunca con fines laborales o para presionar al empleado.
En resumen, aunque el derecho a la desconexión digital es fundamental, las empresas pueden ponerse en contacto con el trabajador en baja, pero deben hacerlo de manera respetuosa y sin vulnerar su derecho a la intimidad ni generar presiones indebidas. Cualquier exceso podría llevar a sanciones por infringir este derecho.